El Senasa actualizó el Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal, aprobado por Decreto 4238/68, incorporando un capítulo específico sobre bienestar animal.
En ese sentido, hace más de una década, los frigoríficos exportadores habilitados para la Unión Europea vienen cumpliendo con normas equivalentes a la recientemente promulgada por el organismo sanitario nacional.
Ahora, por Resolución 46/2014, todas las plantas que estén bajo fiscalización federal deberán implementarlo, estableciéndose la obligatoriedad de desarrollar un manual de bienestar animal que incluya el seguimiento de los proveedores y las buenas prácticas durante el transporte de los animales.
“Este capítulo es fundacional para la Argentina en el tema de la faena humanitaria”, dijo Rodolfo Acerbi, de la Asociación Argentina de Bienestar Animal.
A cumplirlo!
Motivar, 26 de marzo
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María Teresa,
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Atentamente,
Dr. Marcos Giménez Zapiola